A través del Real Decreto-Ley 20/2020 se aprobó el Ingreso Mínimo Vital o IMV, una prestación destinada a ayudar a aquellas personas que tienen pocos recursos económicos. Aunque solo lleva en vigor unos meses, ha sido necesario un ajuste de su regulación para que sea una medida realmente efectiva y la tramitación sea más ágil.

 

¿Qué es el Ingreso Mínimo Vital?

Es una prestación pública de carácter estatal que busca evitar que las personas incurran en riesgo de pobreza o de exclusión social. La novedad respecto a otras ayudas es que pueden percibirla tanto aquellos que conviven en una unidad familiar como quienes viven solos y no tienen cargas familiares.

Forma parte de la acción protectora de la Seguridad Social y su objetivo es garantizar que todas las personas tengan un mínimo de renta, promoviendo así la inclusión social.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

Dentro de la prestación hay 14 niveles diferentes de ayudas. Los beneficiarios cobrarán una u otra cantidad en función de su situación personal y familiar. 

La cantidad mínima a cobrar son 462 euros al mes para un adulto que viva sola y no tenga unos ingresos superiores a 5.538 euros al año, mientras que la máxima es de 1.015 euros para unidades de convivencia mayores a las de cuatro adultos y un niño, siempre que los ingresos anuales de dicha unidad estén por debajo de los 12.184 euros.

¿Quién puede acceder al IMV?

Cualquier persona entre 23 y 65 años que esté en una situación de necesidad económica y cuyos ingresos estén por debajo de los mínimos señalados legalmente. Esto implica que no solo los desempleados pueden acceder, también personas que tengan trabajo pero cobren muy poco y autónomos si no tienen ingresos suficientes.

No hace falta tener la nacionalidad española para acceder. Basta con acreditar que se ha residido de forma legal en España durante al menos un año y cumplir el resto de condiciones.

Excepcionalmente, quienes tengan entre 18 y 22 años también pueden acceder si tienen un menor a su cargo.

Tratándose de solicitantes que vivan solos, deben acreditar que han vivido de forma independiente a sus progenitores durante un mínimo de tres años antes de solicitar la ayuda.

Además, es importante que el interesado haya solicitado previamente todas las prestaciones y subsidios públicos a las que pudiera tener acceso y, si es desempleado, debe estar inscrito como demandante de empleo.

Y hay que tener en cuenta que no solo se revisan los ingresos anuales, también se tiene en cuenta el patrimonio neto del solicitante (bienes menos deudas) sin incluir su vivienda habitual. Para una persona que vive sola, su patrimonio neto no puede superar los 16.614 euros. Esta cantidad se va incrementando en función del número de miembros que tenga la familia hasta llegar a los 43.196 euros de tope máximo de patrimonio.

¿Cómo se solicita el Ingreso Mínimo Vital?

La solicitud se puede hacer directamente en la Sede Electrónica de la Seguridad Social sin necesidad de tener DNI electrónico ni certificado digital. 

Para hacer el trámite hace falta presentar el DNI o NIE, documento que acredite la residencia legal en España si se trata de un extranjero, certificado de empadronamiento y documentos que acrediten la existencia de una unidad de convivencia (Libro de Familia, certificados de nacimiento de los hijos, etc.)

El INSS tiene un plazo de seis meses para responder a la solicitud. Además, se ha establecido que todas las solicitudes presentadas antes del 31 de diciembre y que sean aprobadas cobrarán la prestación con efectos retroactivos desde el 1 de junio o desde el momento en que el solicitante cumpliera los requisitos para acceder al IMV.

Para saber más sobre el Ingreso Mínimo Vital se puede llamar al 900 20 22 22 (recibe miles de llamadas y la línea puede llegar a estar saturada) o bien utilizar el Asistente Virtual del IMV.

Ingreso Mínimo Vital