Cómo calcular el finiquito paso a paso
Cuando termina una relación laboral, una de las primeras preguntas que suele hacerse el trabajador es: ¿cuánto me tiene que pagar la empresa en el finiquito?
El finiquito, también denominado liquidación, recoge las cantidades que la empresa y el trabajador tienen pendientes de ajustar cuando finaliza el contrato. Su importe depende de las circunstancias concretas de cada relación laboral: salario, fecha de baja, vacaciones disfrutadas, pagas extraordinarias, conceptos salariales pendientes y, en determinados casos, indemnización.
Por eso, no existe una cantidad fija ni un único método válido para todos los trabajadores.
Además, conviene diferenciar desde el principio dos conceptos que a menudo se confunden:
- Finiquito: liquida las cantidades pendientes derivadas de la relación laboral.
- Indemnización: es una cantidad que puede corresponder en determinados supuestos de extinción del contrato, como algunos despidos o determinadas finalizaciones de contratos.
La indemnización puede aparecer en la documentación de la extinción, pero no forma parte necesariamente de todos los finiquitos.
¿Qué conceptos puede incluir un finiquito?
Dependiendo de la situación del trabajador, la liquidación final puede incluir diferentes conceptos.
Entre los más habituales se encuentran:
- Salario correspondiente a los días trabajados y todavía no abonados.
- Vacaciones generadas y no disfrutadas.
- Parte proporcional de las pagas extraordinarias cuando no estén prorrateadas y exista cantidad pendiente de percibir.
- Horas extraordinarias u otros conceptos salariales pendientes.
- Comisiones, incentivos, pluses u otras cantidades que se hayan generado y todavía no se hayan liquidado.
- Indemnización, solo cuando legalmente corresponda.
Por tanto, no es correcto afirmar que todos los finiquitos deben contener exactamente los mismos conceptos.
1. Calcula el salario pendiente del último mes
El primer paso consiste en comprobar qué días del último periodo trabajado todavía no han sido abonados.
Si tienes un salario mensual y trabajas el mes completo, recibirás normalmente la cantidad correspondiente a ese periodo según tu nómina.
Si la relación laboral termina a mitad de mes, habrá que calcular la parte proporcional que corresponda.
Por ejemplo, si para el cálculo se utiliza un salario diario de 70 € y has trabajado 12 días que todavía no han sido abonados:
70 € × 12 días = 840 €
La forma concreta de obtener el salario diario puede variar según el concepto que se esté calculando y el convenio o las reglas aplicables. Por eso, no siempre es correcto dividir automáticamente cualquier salario mensual entre 30 para todos los cálculos.
¿Por qué aparece a veces el número 30?
En las nóminas de trabajadores con salario mensual es habitual utilizar una base de 30 días para determinados cálculos, aunque el mes tenga 28, 29 o 31 días.
Pero esto no significa que todos los cálculos del finiquito deban hacerse siempre dividiendo entre 30. El convenio colectivo, la estructura salarial y el concepto que se esté liquidando pueden ser relevantes.
2. Calcula las vacaciones no disfrutadas
Las vacaciones son uno de los conceptos que más dudas generan.
Con carácter general, el Estatuto de los Trabajadores establece un periodo de vacaciones anuales retribuidas que no puede ser inferior a 30 días naturales, salvo que el convenio o contrato establezca una duración superior.
Esto equivale aproximadamente a 2,5 días naturales por mes cuando se trabaja durante todo el año.
Sin embargo, decir simplemente "2,5 días por cada mes" puede resultar insuficiente, porque hay que tener en cuenta:
- la fecha de inicio del contrato;
- la fecha de finalización;
- las vacaciones ya disfrutadas;
- si el convenio utiliza días naturales o laborables;
- posibles situaciones especiales;
- y las reglas específicas de la empresa o del convenio colectivo.
Ejemplo de cálculo
Imaginemos un trabajador que ha generado 20 días de vacaciones durante el periodo correspondiente y ya ha disfrutado de 14.
Le quedarían:
20 − 14 = 6 días de vacaciones pendientes
Esos días deben liquidarse económicamente cuando corresponda y no pueden simplemente desaparecer porque termine el contrato.
El importe concreto dependerá de la retribución que corresponda a las vacaciones según las normas laborales aplicables.
¿Qué ocurre con las vacaciones que no has disfrutado?
Este punto es especialmente importante si tienes intención de solicitar el paro.
Cuando finaliza el contrato y quedan vacaciones retribuidas y no disfrutadas, la empresa debe reflejarlas en la liquidación y cotizar por ese periodo.
Además, la prestación por desempleo no comienza durante esos días de vacaciones pendientes. El SEPE considera que la situación legal de desempleo comienza una vez transcurrido el periodo equivalente a las vacaciones no disfrutadas y pagadas en el finiquito.
Por ejemplo, si tu contrato termina el 30 de septiembre y la empresa te paga 8 días de vacaciones no disfrutadas, esos días se sitúan después de la fecha de extinción a efectos de desempleo. La situación legal de desempleo comenzaría una vez transcurridos esos 8 días, siempre que cumplas el resto de requisitos para acceder a la prestación.
Esto puede ser importante a la hora de planificar la fecha en la que podrás empezar a cobrar el paro.
3. Comprueba las pagas extraordinarias
En España, los trabajadores tienen derecho, como mínimo, a dos gratificaciones extraordinarias al año, salvo que su importe se prorratee en las 12 mensualidades conforme a las condiciones aplicables.
Por eso, cuando finaliza el contrato hay que comprobar si existen pagas extraordinarias pendientes de devengo.
Si las pagas están prorrateadas mes a mes, normalmente no habrá una cantidad adicional de paga extra que liquidar por este concepto.
Si no están prorrateadas, puede existir una parte proporcional pendiente.
Ejemplo sencillo
Imaginemos que una paga extraordinaria es de 1.200 € y se devenga durante seis meses.
Si en el momento de finalizar el contrato se han generado cuatro meses de esa paga y todavía no se ha cobrado:
1.200 € ÷ 6 × 4 = 800 €
Este es un ejemplo simplificado. El resultado real dependerá de cómo se devenguen las pagas según el convenio colectivo o las condiciones laborales.
Por eso, no siempre debe suponerse que la paga de verano se genera de enero a junio o la de Navidad de julio a diciembre: el periodo de devengo puede variar.
4. Revisa otros conceptos pendientes
El finiquito no tiene por qué limitarse a salario, vacaciones y pagas extras.
También pueden existir otras cantidades pendientes, por ejemplo:
- horas extraordinarias;
- comisiones;
- incentivos;
- bonus;
- pluses;
- complementos salariales;
- dietas o cantidades pendientes de liquidación, cuando proceda;
- atrasos salariales;
- otros conceptos previstos en el convenio colectivo.
Si tienes una remuneración variable, es especialmente importante revisar si existen cantidades que se hayan generado pero todavía no hayan sido abonadas.
5. ¿La indemnización forma parte del finiquito?
Aquí conviene hacer una distinción muy clara.
No todas las finalizaciones de contrato generan derecho a indemnización.
El finiquito sirve para liquidar las cantidades pendientes. La indemnización, en cambio, depende de la causa concreta por la que termina la relación laboral.
Por ejemplo, las consecuencias económicas pueden ser diferentes si se trata de:
- una baja voluntaria;
- un despido;
- un despido declarado improcedente;
- la finalización de un contrato temporal;
- una extinción por causas objetivas;
- otras causas de extinción previstas legalmente.
Por eso, antes de calcular una indemnización hay que identificar qué tipo de extinción se ha producido.
No es recomendable aplicar automáticamente una fórmula de "X días por año trabajado" sin comprobar primero la causa de la extinción.
¿La indemnización paga IRPF?
Tampoco es correcto afirmar que cualquier indemnización está automáticamente exenta de IRPF.
La normativa del IRPF contempla la exención de determinadas indemnizaciones por despido o cese en las cuantías establecidas con carácter obligatorio por la legislación laboral, con los límites y condiciones establecidos legalmente. Actualmente existe, además, un límite general de 180.000 euros para la exención contemplada en la Ley del IRPF.
Por tanto, hay que distinguir entre:
indemnización legalmente obligatoria y cantidades pactadas o que excedan de los límites de exención.
Ante un caso concreto con una indemnización elevada o una extinción negociada, es recomendable comprobar su tratamiento fiscal antes de presentar la declaración de la renta.
Finiquito bruto y finiquito neto: no son lo mismo
Otra fuente habitual de confusión es comparar directamente el importe bruto del finiquito con el dinero que finalmente llega a la cuenta bancaria.
El documento puede mostrar cantidades brutas, sobre las que se aplican las correspondientes cotizaciones y, cuando proceda, retenciones.
Por eso, es importante revisar cada concepto de forma independiente.
Una liquidación puede incluir, por ejemplo:
| ConceptoImporte | |
| Salario pendiente | 1.000 € |
| Vacaciones no disfrutadas | 500 € |
| Parte proporcional de pagas extras | 300 € |
| Otros conceptos pendientes | 100 € |
| Total bruto | 1.900 € |
A partir de ahí habrá que comprobar las deducciones y retenciones que correspondan para conocer el importe neto.
Este ejemplo es únicamente ilustrativo: los porcentajes y conceptos aplicables dependen de las circunstancias del trabajador.
Cómo revisar tu finiquito antes de firmarlo
Antes de firmar, conviene comparar el documento de liquidación con tus últimas nóminas y con el contrato de trabajo.
Puedes seguir esta lista:
1. Comprueba la fecha de baja
Asegúrate de que coincide con el último día de la relación laboral.
2. Revisa los días trabajados
Comprueba que se han incluido todos los días que correspondan y que el salario utilizado coincide con el que figura en tu nómina.
3. Calcula las vacaciones
Comprueba cuántos días has generado durante el periodo y cuántos has disfrutado.
4. Revisa las pagas extraordinarias
Comprueba si están prorrateadas y, si no lo están, qué cantidad has generado desde el último cobro.
5. Busca conceptos variables
Si cobras comisiones, incentivos, bonus u horas extras, comprueba si existe alguna cantidad pendiente.
6. Comprueba la indemnización
Si la extinción genera derecho a indemnización, verifica que se haya aplicado la fórmula correspondiente a tu caso.
7. Comprueba las deducciones
Revisa cotizaciones, retenciones de IRPF y cualquier otra deducción que figure en el documento.
¿Tengo que firmar el finiquito?
La firma del documento de liquidación es una cuestión importante y conviene leerlo detenidamente antes de hacerlo.
El Estatuto de los Trabajadores establece además que el trabajador puede solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de firmar el recibo del finiquito, dejando constancia de ello cuando proceda.
Si no estás de acuerdo con las cantidades, no deberías firmar sin más como si estuvieras conforme. Conviene dejar constancia de la discrepancia y, si la cantidad es relevante o existe un conflicto con la empresa, valorar asesoramiento laboral.
¿Qué documentos deberías guardar?
Cuando termina un contrato es recomendable conservar, como mínimo:
- contrato de trabajo;
- últimas nóminas;
- documento de liquidación o finiquito;
- carta de despido o documento de extinción, cuando exista;
- certificado de empresa;
- comunicaciones relacionadas con la finalización;
- registro de vacaciones, si lo tienes;
- documentación relativa a variables, comisiones o incentivos.
Esta documentación puede resultar útil si posteriormente necesitas comprobar una cantidad, solicitar una prestación o reclamar diferencias.
Finiquito y paro: una relación que conviene conocer
La finalización del contrato puede dar lugar a una situación legal de desempleo, pero tener un finiquito no significa automáticamente que tengas derecho a cobrar el paro.
Para acceder a la prestación contributiva hay que cumplir los requisitos establecidos por la normativa de desempleo, entre ellos los relativos al periodo de cotización.
Además, como hemos visto, las vacaciones retribuidas y no disfrutadas pueden retrasar el inicio efectivo de la prestación porque durante ese periodo todavía no se considera que exista situación legal de desempleo.
Por tanto, al terminar un contrato es conveniente comprobar simultáneamente:
finiquito + indemnización, si corresponde + certificado de empresa + vacaciones pendientes + derecho a prestación por desempleo.
Ejemplo completo de cálculo de un finiquito
Supongamos un trabajador con estas circunstancias:
- Salario mensual: 1.800 €.
- El contrato termina después de haber trabajado 10 días del último mes.
- Tiene 5 días de vacaciones pendientes.
- Tiene una paga extraordinaria pendiente cuyo importe proporcional asciende a 450 €.
- No existen comisiones ni horas extras pendientes.
- No existe indemnización en este ejemplo.
Si para simplificar utilizamos un salario diario de 60 €:
Salario pendiente:
60 € × 10 días = 600 €
Vacaciones pendientes:
60 € × 5 días = 300 €
Paga extraordinaria pendiente:
450 €
Total bruto orientativo:
600 € + 300 € + 450 € = 1.350 €
La cantidad que finalmente reciba el trabajador puede ser diferente porque habrá que aplicar las cotizaciones y retenciones que correspondan.
Este ejemplo sirve para entender el mecanismo, pero no debe utilizarse como fórmula universal para cualquier nómina.
Los errores más frecuentes al calcular un finiquito
Entre los errores más habituales están:
Confundir finiquito e indemnización.
No todas las extinciones generan indemnización.
Dar por hecho que siempre hay 2,5 días de vacaciones por mes.
Es una referencia útil para 30 días naturales anuales, pero hay que comprobar el convenio y las circunstancias concretas.
Olvidar las pagas extraordinarias.
Si no están prorrateadas, puede existir una parte proporcional pendiente.
Confundir salario bruto con salario neto.
El importe del documento y el dinero recibido pueden no coincidir.
No revisar las vacaciones pendientes.
Además de afectar al importe de la liquidación, pueden influir en la fecha de inicio de la prestación por desempleo.
Firmar sin revisar.
El finiquito debe comprobarse antes de darlo por correcto.
Resumen: cómo calcular tu finiquito
Para hacer una primera comprobación, puedes seguir este esquema:
1. Comprueba la fecha exacta de finalización.
2. Calcula el salario pendiente de cobro.
3. Comprueba las vacaciones generadas y no disfrutadas.
4. Calcula las pagas extraordinarias pendientes, si las hay.
5. Añade otros conceptos salariales pendientes.
6. Comprueba si existe derecho a indemnización y calcula esta por separado.
7. Revisa cotizaciones, retenciones y demás deducciones.
8. Compara el resultado con el documento de liquidación de la empresa.
Y recuerda: finiquito e indemnización son conceptos diferentes. Una liquidación puede existir aunque no haya indemnización, y una indemnización puede ser solo una de las partidas que aparecen al finalizar la relación laboral.
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