Rechazar o dejar un curso cobrando el paro: sanciones (2026)
Si cobras el paro y rechazas un curso sin motivo, puedes perder tres meses de prestación. Pero no todos los cursos tienen las mismas consecuencias: lo que importa es si el curso forma parte de tu itinerario de empleo, si cobras una prestación y si tienes una causa justificada.
Esto es lo que dice la normativa vigente y lo que conviene hacer si no puedes hacer un curso.
Qué puede pasar en cada caso
| Tu situación | Consecuencia posible |
|---|---|
| Cobras paro o subsidio y te niegas sin causa justificada a una acción de tu itinerario | Infracción grave: pérdida de 3 meses de prestación, 6 meses si se repite y extinción a la tercera |
| Cobras paro o subsidio e incumples de otra forma tu acuerdo de actividad | Infracción leve: pérdida de 1, 3 o 6 meses y extinción a la cuarta |
| No cobras nada, estás inscrito y te niegas sin causa a una actividad de tu itinerario | Infracción grave: suspensión durante 3 meses de tus derechos como demandante de servicios de empleo |
| Dejas un curso que elegiste tú, fuera de tu itinerario | La norma no lo tipifica como esa infracción, pero puedes perder las ayudas y la prioridad en otros cursos |
Por qué importa el itinerario
Quien cobra una prestación firma un acuerdo de actividad y se compromete a participar en las acciones para mejorar su empleabilidad que determine el servicio de empleo. Esas acciones suelen recogerse en tu itinerario personalizado.
La ley considera infracción grave negarse, sin causa justificada, a participar en acciones, programas o actividades señaladas en ese itinerario que te ofrezcan los servicios de empleo o sus entidades colaboradoras. Además, participar en las acciones que determine tu servicio de empleo es una de tus obligaciones. Si te llaman de tu oficina para un curso, tómatelo en serio y pregunta si forma parte de tu itinerario.
Cuánto se pierde
Para las infracciones graves, la escala en prestaciones y subsidios por desempleo es esta:
- Primera infracción: pérdida de 3 meses.
- Segunda infracción: pérdida de 6 meses.
- Tercera infracción: extinción de la prestación.
La escala sube si entre una infracción y la anterior no han pasado más de 365 días. Cuenta cualquier infracción de esa clase, sea cual sea su tipo.
Ten en cuenta que no es un simple retraso en el cobro: la duración de tu prestación se reduce en el mismo tiempo que dure la sanción. Si te quedaban 10 meses y te sancionan con 3, te quedan 7. Además, durante ese tiempo no se cotiza por ti.
Si abandonas un curso ya empezado
La ley habla de «negarse a participar» y no menciona el abandono de forma expresa. Aun así, conviene no darlo por hecho: si el curso es de tu itinerario y lo dejas sin causa, el servicio de empleo puede considerarlo una negativa o un incumplimiento de tu acuerdo de actividad.
Además, se va a enterar. Las entidades de formación deben comunicar de inmediato al servicio de empleo las renuncias, las no presentaciones y los abandonos de las personas desempleadas que este preseleccionó, indicando la causa.
Dejar un curso también tiene otras consecuencias, aunque no haya sanción:
- Exclusión: más de tres faltas de asistencia sin justificar en un mes son causa de exclusión del curso.
- Ayudas: ese número de faltas hace perder las becas y ayudas del curso.
- Prioridad: las convocatorias pueden dejar como no prioritario a quien haya abandonado otro curso sin justificación.
Qué es una causa justificada
La ley exige que no haya causa justificada, pero no da una lista cerrada de motivos, así que se valora cada caso. Entre los más habituales están la enfermedad, empezar a trabajar o tener que cuidar de un familiar. Que un motivo sea habitual no garantiza que se acepte: lo decisivo es poder demostrarlo.
Qué hacer si no puedes hacer el curso
- Avisa antes. Comunícalo a tu oficina de empleo y a la entidad de formación antes de faltar o de rechazar el curso.
- Explica el motivo por escrito y pide que quede constancia de tu comunicación.
- Aporta justificantes: un parte médico, un contrato de trabajo o la documentación que acredite tu situación.
- Guarda copia de todo, por si más adelante te piden explicaciones.
Si te abren un expediente
La sanción no es automática. Si te notifican el inicio de un procedimiento sancionador:
- Tienes 15 días hábiles para presentar alegaciones por escrito y aportar pruebas. También puedes pedir ver la documentación del expediente.
- Mientras tanto te pueden suspender el pago de forma cautelar.
- Si finalmente no hay sanción, se reanuda el cobro de oficio, incluso con atrasos, siempre que cumplas los requisitos.
- Si te sancionan, la resolución se aplica de inmediato. Puedes recurrirla ante el juzgado de lo social, presentando antes una reclamación previa ante la entidad gestora. Revisa el plazo en la notificación.
Si tienes dudas, puedes pedir asesoramiento a un sindicato o a un profesional antes de que termine el plazo.
Preguntas frecuentes
¿Pierdo el paro si rechazo un curso del SEPE?
Si el curso forma parte de tu itinerario y no tienes causa justificada, puedes perder 3 meses de prestación la primera vez y, si reincides en un plazo de 365 días, 6 meses la segunda y el derecho completo la tercera. Si te lo ha indicado tu oficina, consulta antes de rechazarlo.
¿Qué pasa si dejo un curso que elegí yo?
Si tu servicio de empleo no te lo ha señalado, la infracción por negarte a participar en tu itinerario no encaja. Sí puedes perder las ayudas del curso y la prioridad en futuras convocatorias.
¿Puedo dejar un curso si encuentro trabajo?
Empezar a trabajar es uno de los motivos más habituales para dejar un curso. Avisa a la entidad y a tu oficina y aporta el contrato. Comunica también el empleo al SEPE, porque afecta a tu prestación.
¿Cuántas faltas puedo tener en un curso?
Más de tres faltas sin justificar en un mes son causa de exclusión y de pérdida de las becas y ayudas. La convocatoria puede prever otras causas de exclusión.
¿Me sancionan si no cobro ninguna prestación?
No pueden quitarte una prestación que no cobras. Pero si estás inscrito y te niegas sin causa a una actividad de tu itinerario, pueden suspender tres meses tus derechos como demandante de servicios de empleo.
¿Y si estoy trabajando?
Estas infracciones se dirigen a quien solicita o cobra prestaciones y a los demandantes de empleo. Si haces un curso como persona ocupada y lo dejas, no aplica esta sanción, aunque la entidad o la convocatoria pueden tener sus propias normas.
¿Se puede recurrir la sanción?
Sí. Puedes presentar alegaciones en 15 días hábiles cuando te notifiquen el inicio del expediente y, si te sancionan, reclamar ante la entidad gestora y acudir después a la vía judicial.