Requisitos para obtener la renta agraria

  • Si opta por primera vez a la renta agraria deberá estar inscrito en el censo del SEASS (Sistema Especial para Trabajadores por cuenta ajena agrarios de la Seguridad Social) en los últimos 12 meses previos a la solicitud.
  • Deberá ser trabajador por cuenta ajena con carácter eventual incluido en el SEASS en situación de alta o asimilada.
  • Si el solicitante fuera mayor de 45 años deberá estar inscrito a lo largo de su vida laboras en el SEASS en los siguientes periodos cotizados:

o    Si el solicitante tiene entre 45/51 años: 5 años inscrito en el SEASS.

o    Si el solicitante tiene entre 52/49 años: 10 años inscrito en el SEASS.

o    Si el solicitante tiene entre 60 años o más: 20 años inscrito en el SEASS.

  • El solicitante o su cónyuge no podrán ser titulares de explotaciones agropecuarias que superen el mínimo interprofesional vigente, siendo las dos pagas extraordinarias excluidas.
  • El solicitante no debe de haber recibido el subsidio por desempleo de trabajadores eventuales en los tres años previos a la fecha de la solicitud incluidos en el SEASS.
  • El solicitante no debe de haber cumplido la edad mínima con la que se obtiene la pensión de jubilación, con la excepción de no acreditar las suficientes cotizaciones para acceder a la citada pensión.
  • Tener como mínimo 35 jornadas reales trabajadas en los 12 meses previos a la situación de desempleo.
  • Se exigirán excepcionalmente solo 20 jornadas  reales cotizadas en las solicitudes presentadas desde el 27 de enero de 2013 hasta el 26 de julio de 2013.
  • Deberá estar el solicitante al corriente de pago en los períodos de inactividad de las cotizaciones.

Duración

Varía en función de la edad del que la solicita, teniendo en cuenta las cargas familiares que tenga en el momento de realizar la solicitud, y también se tomará en cuenta  las jornadas que ha trabajado en los últimos 12 meses previos a su situación de desempleo, considerando lo siguiente:

  • De 16 a 24 años:
    • De 35 a más jornadas:
      • Sin cargas familiares, por cada día trabajado 3,4 días de subsidio, sin superar los 180 días.
      • Con cargas familiares, 180 días.
  • De 25 a 51 años:
    • De 35 a más jornadas: 180 días.
  • De 52 a más años:
    • De 35 a más jornadas: 300 días.

Se entiende por cargas familiares el tener a su cargo hijos y/o cónyuge. Para ello, se debe convivir con ellos, y las rentas que existan en la unidad familiar divididas por el número de sus miembros, no debe superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, no incluyendo de las dos pagas extras su parte proporcional.

Recibirá esta renta el día siguiente al que se cumplan los tres meses desde el momento en que realizó la solicitud. Sin embargo cuando participe o se coloque en acciones de inserción laboral, el pago de la renta se realizara el día siguiente al término de la primera inserción o colocación laboral.

Pago y cuantía de la renta

Se tendrá en cuenta el número de jornadas reales trabajadas que se demuestren y del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) actual mensual  en cada momento, considerando que:

  • Si las jornadas son de 35/64 el porcentaje sobre el IPREM  será el 80%.
  • Si las jornadas son de 65/94 el porcentaje sobre el IPREM será el 85%.
  • Si las jornadas son de 95/124 el porcentaje sobre el IPREM será el 91%.
  • Si las jornadas son de 125/154 el porcentaje sobre el IPREM  será el 96%.
  • Si las jornadas son de 155/179 el porcentaje sobre el IPREM será el 101%.
  • Si las jornadas son más de 180 el porcentaje sobre el IPREM será el 107%.

Obligaciones

  • El trabajador deberá facilitar la información y documentación para la suspensión, reconocimiento, reanudación y extinción que dan derecho a la prestación y deberá también notificar el domicilio a los SPE (Servicios Públicos de Empleo Autonómicos) y al SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal).
  • El trabajador cuando sea citado por acciones formativas u ofertas de empleo deberá de comparecer. Además en el plazo de 5 días, deberá devolver el justificante de haberse presentado en el lugar, comunicándolo mensualmente en su oficina.
  • El trabajador deberá cumplir con la obligación de compromiso de actividad.
  • El trabajador deberá de renovar la demanda de empleo, en el momento y en la forma que se indica en la tarjeta. Si la renovación coincide con día festivo se hará en el primer día laborable siguiente.
  • El trabajador deberá aceptar la colocación que es ofrecida por la Agencia de Colocación o por la Oficina del servicio Público de Empleo sin fines lucrativos además de participar en programas de empleo, en acciones de promoción, o en trabajos de colaboración social.
  • Cuando el trabajador reciba subsidios o prestaciones indebidas deberá de reintegrarlas.
  • El trabajador deberá buscar trabajo activamente participando en acciones que mejoran la ocupabilidad determinada por el Servicio Público de Empleo.

Se impondrán sanciones cuando se incumplan las anteriores obligaciones. Y será una infracción muy grave cuando se den datos falsos, que dará lugar a la exclusión de prestaciones económicas en un año y la perdida de la solicitada.

Plazo

Se podrá presentar la solicitud en el momento en que se dé la situación de desempleo, y si la ha percibido previamente entonces a partir de 12 meses transcurridos. Pero con anterioridad a presentar la solicitud se debe de estar inscrito como demandante de empleo.

Documentos

  • Impreso de solicitud.
  • Documento que identifique al solicitante, hijos o cónyuge a través de:
    • DNI para españoles. Extranjeros no comunitarios el pasaporte o la Tarjeta de Identidad de Extranjeros. Extranjeros comunitarios Tarjera de Identidad de Extranjeros.
    • Libro de familia o equivalente en extranjeros.
    • Cuando tenga a su cargo el solicitante hijos mayores de 26 años con algún grado de discapacidad, que tenga la condición de pensionista, será necesario un certificado expedido por el órgano correspondiente.
    • Si existe divorcio o separación el convenio regulador o la sentencia.
    • Resolución judicial que acredite el acogimiento.
  • Otros documentos:
    • Certificado que incluye los periodos de incorporación en el Padrón Municipal de Habitantes.
    • Certificado de empresa en los que se haya trabajado.
    • Documento que justifique los ingresos recibidos en los 12 meses previos a la solicitud, del solicitante y de los miembros de su familia.
    • Certificado en el que se refleje las jornadas en trabajos agrícolas temporales en el extranjero, emitido por las subdelegaciones o delegaciones del Gobierno.