El pasado 5 de febrero se aprobó el Real Decreto 07/2015, que regulaba la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, mediante la cual se obliga a todos los servicios regionales de empleo de España a ofrecer servicios personalizados de inserción a todos los desempleados que lo demanden.

Los Itinerarios Personalizados de Inserción tienen como objetivo la inserción sociolaboral y la mejora de la empleabilidad de los desempleados, especialmente a través de la información, el asesoramiento individual y/o grupal, la formación ocupacional, la motivación y el acompañamiento en las transiciones laborales.

Los itinerarios personalizados de inserción deben incluir:

  • La identificación de alternativas profesionales, a partir de un análisis de oportunidades a las que pueda acceder el interesado, según su perfil,  tanto en España como en el extranjero.
  • La identificación de un itinerario formativo, si se requiere, mediante la propuesta de realización de cursos gratuitos y/o de acreditación de la experiencia profesional.
  • La identificación de las actuaciones de búsqueda activa de empleo que se estará obligado a realizar (para participar en los itinerarios personalizados se firma un acuerdo entre el usuario y el servicio público de empleo).
  • Un acompañamiento personalizado en el desarrollo del itinerario (a los beneficiarios de alguna prestación se les asignará un tutor u orientador de referencia).

El itinerario de Inserción se llevará a cabo por un orientador laboral o técnico de empleo, que acompañará y guiará al desempleado a lo largo del proceso. Su labor consiste en orientar y asesorar al demandante de empleo para que conozca todas las herramientas y procesos disponibles para acceder a los programas de inserción y mejorar su empleabilidad, de manera que aproveche mejor sus actitudes, aptitudes y cualificaciones o complemente su formación adecuadamente.

Los Itinerarios de Inserción Personalizados se han de solicitar por los interesados en sus oficinas de empleo.